Centro legal

CONTRATO DEL SERVICIO BEYOND SALES

1. Objeto.

El presente Contrato regula las relaciones contractuales entre BEYOND PEOPLE, S.L. –en adelante, BEYOND-, con domicilio social en, Calle Exposición, nº 34 Mairena del Aljarafe (Sevilla), C.P. 41927, inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, al tomo 4773, folio 217, hoja SE-75934, inscripción 1ª, sección 80 y provista de C.I.F. número B-90068040, y el titular del Servicio –en adelante, EL CLIENTE y/o Receptor de los servicios- que concierte la prestación del Servicio Beyond Sales ofrecido por BEYOND, en cualquiera de sus modalidades, disponibles en la página web https://www.beyondsales.es (en adelante, el/los Servicio/s).

A los efectos del presente Contrato se entenderá por CLIENTE aquella persona jurídica, cualquiera que sea su forma, y/o empresario individual, que contrate, en tal condición, el Servicio conforme a lo regulado en este Contrato y que deberá reunir todos los requisitos y cumplir con las obligaciones que requiera la normativa vigente aplicable para poder contratar con BEYOND. A tal efecto, los Clientes de BEYOND no tendrán la consideración de consumidores y/o usuarios conforme a lo estipulado en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Si el CLIENTE fuese una persona jurídica, el firmante declara que suscribe el presente documento por cuenta de la persona jurídica, en función del cargo y poder notarial que representa. En todo caso, el CLIENTE declara que todos y cada uno de sus datos son correctos y de su titularidad.

El presente Contrato podrá ser completado, en su caso, con las Condiciones Adicionales de Contratación correspondientes a cada uno de los Servicios cuya prestación sea específicamente concertada por el CLIENTE con BEYOND en las que se regularán las condiciones específicas aplicables al/los Servicio/s contratados. También forman parte integrante del presente Contrato el procedimiento de registro en línea establecido por BEYOND, en el que el CLIENTE deberá cumplimentar tanto la modalidad del Servicio, las funcionalidades, determinando esto la tarifa aplicable, así como los datos necesarios para la contratación de los mismos, así como la periodicidad de la contratación.

Las posibles contradicciones que pudiesen existir entre este Contrato y, en su caso, las Condiciones Adicionales de Contratación correspondiente a los Servicios contratados serán resueltas a favor de lo contemplado en las Condiciones Adicionales y Generales, en este orden.

2. Descripción del Servicio.

2.1. El Servicio Beyond Sales proporciona al CLIENTE una solución integral Software as Service (SaaS) de CRM (Customer Relationship Managemet) para la gestión y/o administración de las relaciones de éste con los interlocutores que designe (clientes, distribuidores, etc.), pudiendo acceder el CLIENTE al mismo a través de una conexión a Internet mediante el/los usuario/s designados al efecto. Dicho Servicio se comercializa a través de la web www.beyondsales.es

BEYOND ha desarrollado y es el legítimo titular del Software Beyond Sales ostentando, con la máxima extensión permitida por la legalidad vigente, la exclusiva titularidad sobre todos los derechos de propiedad intelectual, industrial, know-how, secretos empresariales e industriales y cualquier otro derecho de propiedad sobre el mismo.

BEYOND prestará el Servicio, en las condiciones establecidas en la cláusula siguiente. El Servicio contratado se prestará en diferentes modalidades pudiendo el CLIENTE contratar en las modalidades que se especifican en la web www.beyondsales.es .Asimismo, el Servicio dispone de diferentes funcionalidades que el CLIENTE podrá contratar desde el propio panel de usuario que le proporciona el Servicio Beyond Sales formando, en todo caso, parte integrante del presente Contrato. Dichas funcionalidades, sin ser limitativas, son: (i) Addons: módulos específicos de una actividad o sector concreto y ERP y (ii) Consumos: integraciones y comunicaciones digitales, a través de Whatsapp, Gmail y Open IA, y otras soluciones que pudieran estar disponibles en el mercado una vez que BEYOND vaya implementándolas en el Servicio Beyond Sales. El CLIENTE conoce y acepta que si bien BEYOND suscribirá los acuerdos oportunos con los prestadores de dichos servicios, estos se regirán por los términos y condiciones que establezcan dichos prestadores.

2.2. El Servicio Beyond Sales está configurado como un paquete indisoluble, facturándose como un único servicio, si bien cada una de las funcionalidades podrán ser entregadas de forma discontinua o contratadas por el CLIENTE, como ampliación, durante la vigencia del Contrato.

3. Condiciones de prestación del Servicio.

3.1. BEYOND concede al CLIENTE una licencia de uso del Software Beyond Sales, personal, intransferible y no exclusiva durante la vigencia del presente Contrato. El Software constituye una obra protegida por las leyes de propiedad intelectual.

En el presente Contrato, el término "Software" se refiere a: (i) el programa informático y todos sus componentes; (ii) todo el contenido en cualquier soporte que esté vinculado a este contrato, incluido el código objeto del software descargado de Internet; (iii) todas las instrucciones escritas y toda la documentación relacionada con el Software, especialmente todas las descripciones del mismo, sus especificaciones, todas las descripciones de las propiedades o el funcionamiento del Software, todas las descripciones del entorno operativo donde se utiliza, las instrucciones de uso o instalación del Software o todas las descripciones de uso del mismo (en adelante, la "Documentación"); (iv) copias, reparaciones de posibles errores, adiciones, personalizaciones requeridas por Ud., extensiones y versiones modificadas del Software, así como actualizaciones de sus componentes, si las hay, para las que BEYOND le haya concedido una licencia en virtud de esta cláusula. El Software se proporciona únicamente en forma de código objeto ejecutable.

BEYOND garantiza el correcto funcionamiento del Software, de conformidad con las especificaciones y funcionalidades descritas en el presente Contrato. No obstante, en caso de que se produzca algún error o defecto en el normal funcionamiento del Software, sin mediar un mal o incorrecto uso por parte del CLIENTE, BEYOND se compromete a poner sus mejores esfuerzos para la subsanación de los mismos.

BEYOND en ningún caso garantiza la interoperabilidad del Software con otros sistemas o software de terceros, salvo aquéllos que sean aprobados expresamente por BEYOND para ese propósito. El CLIENTE declara conocer que sólo podrá acceder al Software cumpliendo los requisitos y especificaciones indicados en la web www.beyondsales.es.

BEYOND únicamente garantiza una óptima funcionalidad del Software cuando el CLIENTE, previamente a la contratación del Servicio Beyond Sales, goce de conexión Internet con una capacidad de transmisión y recepción de datos de banda ancha suficiente debiendo tener en cuenta que, a mayor velocidad y seguridad en dicha conexión, mejor rendimiento en el uso Software. EL CLIENTE declara conocer y aceptar que en caso de que existan interrupciones o cortes en el servicio de acceso a Internet del CLIENTE mientras alguno de sus usuarios usa el Software, éste puede responder de forma anómala y no funcionar correctamente temporalmente.

BEYOND en ningún caso garantizará el buen funcionamiento del Software cuando: (i) el mal funcionamiento de los equipos o dispositivos y/o programas informáticos del CLIENTE sean los que provocan el error o mal funcionamiento del Software, (ii) el Software haya sido alterado o modificado, en cualquier medida, sin previo consentimiento de BEYOND, (iii) el Software no sea utilizado de conformidad con las instrucciones y especificaciones dadas por BEYOND.

El CLIENTE no podrá realizar actos de ingeniería inversa tales como modificar, crear obras derivadas, descompilar o desensamblar, ni alquilar, arrendar, prestar o revenderlo. Ni crear un producto derivado, análogo o similar copiando ideas, características funciones o gráficos del servicio.

Durante el tiempo en que BEYOND lleve a cabo tareas de actualización del Software no será posible el acceso temporalmente al mismo hasta la finalización de los trabajos. BEYOND realizará labores de mantenimiento y monitorización del software, avisando al CLIENTE y, en concreto, al administrador que designe en casos de necesidad urgente.

3.2. El Servicio Beyond Sales estará alojado en los servidores titularidad de BEYOND o de terceros proveedores con los que éste tenga acuerdos a tal efecto. Dichos servidores serán compartidos con otros productos de igual naturaleza y/o recursos de conformidad con los estándares técnicos de BEYOND o su proveedor.

El CLIENTE accederá a los mismos mediante las claves identificativas que le otorgue BEYOND en el proceso de registro que será realizado con protocolos Auth0 y sólo podrán tener acceso al Servicio Beyond Sales los usuarios que el CLIENTE designe a tal efecto, siendo uno de los Usuarios designados como administrador y siendo éste el que decida las funcionalidades que integra en el Servicio Beyond Sales y pudiendo decidir los demás usuarios su uso o no. El CLIENTE será el único responsable de toda la actividad que se realice con su usuario asociado al servicio y sus contraseñas. Asimismo, el acceso al Servicio podrá realizarse mediante social login con aquellas herramientas o redes sociales que BEYOND habilite al efecto. El suministro de contraseñas será confidencial por lo que cualquier divulgación, intencionada o no, de las mismas comprometerá únicamente la responsabilidad del CLIENTE excluyendo al de BEYOND.

El CLIENTE no podrá acceder, modificar, visualizar la configuración, estructura y ficheros de los servidores de BEYOND. Cualquier problema que se pudiera producir en los servidores y sistemas de seguridad de BEYOND como consecuencia directa de una actuación negligente del CLIENTE, éste responderá por la responsabilidad civil y penal que le pudiera corresponder.

El CLIENTE reconoce y acepta que los proveedores técnicos de algunos productos, de forma excepcional y si fuera necesario para resolver cualquier incidencia de tipo técnico, podrán acceder de forma remota al servidor físico en el que se encuentre alojado el producto y, por tanto, al contenido del mismo. Llegado el caso, sus acciones se limitarían a la ejecución de los trabajos necesarios para resolver la incidencia, sin utilizar la intervención ni los datos a los que pudieran tener acceso para otros fines.

3.3. El Servicio Beyond Sales permitirá el almacenamiento del gestor documental del CLIENTE hasta el límite especificado en cada modalidad de Servicio contratada. Una vez se supere el límite del almacenamiento del gestor documental se notificará al CLIENTE a través de una ventana emergente en el propio gestor documental. El acceso a los mismos se realiza a través de protocolos https que garantizan seguridad y robustez.

El CLIENTE garantiza que todos los elementos incluidos en dicho gestor documental, mencionando, aunque sin ser limitativo, textos, gráficos, diseños, marcas y datos personales o no; son de su propiedad o tiene la autorización de sus legítimos titulares para su uso, eximiendo a BEYOND de cualquier responsabilidad o reclamación por vulneración de estos preceptos.

Sin perjuicio de las labores desarrolladas por BEYOND de conformidad con las cláusulas del presente Contrato, será el CLIENTE quien asuma la total responsabilidad del contenido almacenado en el Servicio Beyond Sales, de la información transmitida y almacenada de sus explotaciones, de los enlaces de hipertexto, de las reivindicaciones de terceros y de las acciones legales que pueden desencadenar en toda la referencia a propiedad intelectual, derechos de la personalidad y protección de menores. Asimismo, el CLIENTE es responsable respecto de las leyes y reglamentos en vigor y las reglas que tienen que ver con el funcionamiento de su CRM, comercio electrónico, derechos de autor, mantenimiento del orden público, así como principios universales de uso de Internet. El acceso, uso y contenido del mismo es responsabilidad exclusiva del cliente, de tal manera que BEYOND no se hace responsable de ninguna manera (ni directa ni subsidiaria) de cualquier daño directo o indirecto, que el CLIENTE pudiera ocasionar a terceros.

3.4. El Servicio Beyond Sales proporcionará al CLIENTE la posibilidad de realizar notificaciones mediante envíos de correos o mailing masivos o mensajes a través de aplicaciones de mensajería instantánea a sus contactos dependiendo de la modalidad de envío contratada. Dichas notificaciones ser realizarán conforme a los acuerdos suscritos con BEYOND con los correspondientes prestadores de dichos servicios. por el Cliente. El CLIENTE será el único responsable del cumplimiento de las normas legales, éticas y códigos de conducta que son de aplicación en el uso de este servicio y, en particular, al envío de correos y mensajes no deseados a terceros, eximiendo a BEYOND de toda responsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento del CLIENTE. El CLIENTE será el único responsable de, cumplir con la normativa vigente aplicable en materia de protección de datos y comunicaciones comerciales, debiendo requerir, en su caso, los consentimientos pertinentes para el envío de notificaciones a sus contactos. En todo caso, BEYOND o sus proveedores podrán supervisar sus servidores y suspender el servicio en caso de detectar un uso inadecuado del mismo o que afecte al servicio o seguridad de terceros.

3.5. BEYOND realizará un mantenimiento del Servicio que incluirá labores de monitorización del Software con el fin de prevenir, detectar y reparar problemas que pudieran surgir en la operación del Servicio o la protección contra amenazas emergentes del mismo.

BEYOND realizará las copias de seguridad correspondientes del Servicio guardando, asimismo, una copia de los archivos con el fin de reponerlos si fuese necesario. No obstante, BEYOND no asumirá responsabilidad alguna por las acciones que los usuarios creados y autorizados por el CLIENTE pudieran realizar. BEYOND realizará las labores de mantenimiento del Servicio Beyond Sales con el fin de detectar y/o prevenir cualquier incidencia.

BEYOND se reserva el derecho a suspender, total o parcialmente, el servicio contratado en el caso de que advierta, detecte y/o compruebe en sus labores de mantenimiento un consumo excesivo de memoria, de CPU o cualquier otra alteración que ralentice el servidor en el que se encuentra ubicado, de tal manera que perjudique o conlleve un menoscabo en la prestación del servicio o de los derechos de los clientes o terceros que con él comparten el servidor; también si se detectase un riesgo o vulnerabilidad para la seguridad del Servicio.

3.6. El Servicio Beyond Sales permitirá al CLIENTE la contratación de las diferentes funcionalidades disponibles que se publiquen en la página web www.beyondsales.es, pudiendo ser Addons o Consumos. La contratación de dicha/s funcionalidad/es podrá requerir la aceptación previa por parte del CLIENTE de las condiciones de uso y/o contratación de los proveedores de las mismas. Asimismo, conllevará el aumento del precio de cada una de las licencias.

3.7. BEYOND no será responsable de acciones derivadas de pérdidas de datos, interrupción de negocio o cualesquiera otros perjuicios producidos por el funcionamiento de la web por no cumplir ésta con las expectativas del CLIENTE. Asimismo, BEYOND no será responsable de la paralización o el funcionamiento defectuoso del servicio de las aplicaciones integradas en el Software ajenas a BEYOND.

3.8. El CLIENTE indemnizará a BEYOND por los gastos que ésta tuviera por imputarle en alguna causa cuya responsabilidad fuera atribuible al cliente, incluidos honorarios y gastos de los abogados, incluso en el caso de decisión judicial no definitiva.

3.9. BEYOND se reserva el derecho a incluir sus créditos como desarrollador del Software Beyond Sales con un enlace a su website. El CLIENTE autoriza expresamente a BEYOND a hacer mención de su condición de CLIENTE. BEYOND se compromete a hacer referencia exclusivamente a la denominación social y al logotipo o marca del CLIENTE, incluyendo una breve descripción general del proyecto o servicios prestados, y no proporcionando, en ningún caso, información adicional a la que se haya tenido acceso. BEYOND asume el compromiso de no utilizar el nombre y/o logotipo del cliente para una finalidad distinta a la indicada en este párrafo.

4. Precio del Servicio y Forma de Pago.

4.1. EL CLIENTE deberá abonar a BEYOND el precio del Servicio Beyond Sales y las funcionalidades específicamente concertadas, en su caso, de conformidad con lo expresado en el presente Contrato y con las tarifas aplicables, en el momento de la contratación, en la página web de BEYOND http://www.beyondsales.es

BEYOND emitirá la pertinente factura, en la que aparecerán debidamente desglosadas las cantidades a abonar por la prestación de cada una de las licencias del Servicio contratadas, incluyendo el precio de las funcionalidades, en su caso, así como el importe de los impuestos procedentes.

4.2. El pago de los Servicios contratados se llevará a cabo por adelantado, mediante tarjeta bancaria. No obstante, el pago de las funcionalidades de Consumos se efectuará a mes vencido, una vez que se cuantifiquen en función del consumo mensual e, igualmente, se realizará mediante la modalidad de pago que designe de aquellas que estén habilitadas en la web www.beyondsales.es.

Sin perjuicio de cualquier otra disposición del Contrato, si el CLIENTE no abona la suma debida de conformidad con lo anteriormente estipulado, BEYOND podrá, a su entera disposición y previo aviso por escrito al CLIENTE con cinco días de antelación, proceder de la siguiente forma: (a) restringir, suspender o finalizar la prestación del Servicio contratado, quedando BEYOND exenta de sus obligaciones al amparo del presente Contrato hasta que se produzca el pago del importe pendiente (b) terminar el presente Contrato, conforme a lo establecido en la cláusula décima, sin ninguna responsabilidad o derecho de compensación al CLIENTE y sin perjuicio de los derechos de BEYOND a percibir las sumas debidas conforme a la cláusula tercera.

5. Duración. Periodo Mínimo de Servicio. Periodo de Servicio Contratado.

El presente Contrato se perfecciona y entra en vigor desde la fecha de aceptación del mismo conforme al procedimiento de contratación en línea establecido por BEYOND, con independencia de la fecha a partir de la cual los Servicios contratados se encuentren plenamente operativos.

El Contrato tendrá la duración especificada por el CLIENTE en la contratación del Servicio (Periodo de Servicio Contratado); transcurrido el período de tiempo inicialmente concertado, el Contrato se considerará tácitamente prorrogado por períodos de tiempo de un año siempre que no medie manifestación en contrario de ninguna de las partes, debidamente comunicada a la otra con quince días de antelación a la finalización del período inicial.

No obstante, con independencia del párrafo anterior, el Periodo Mínimo de Servicio será el especificado como Periodo de Servicio Contratado, por lo que si el CLIENTE decide resolverlo con anterioridad o BEYOND lo resuelve por causa imputable al CLIENTE, BEYOND podrá requerirle el pago de todos los cargos que resten por pagar hasta la conclusión del mismo, además de los descuentos realizados, en su caso.

El CLIENTE conoce y acepta que la resolución del presente Contrato, por cualquier causa, conlleva el cese de la prestación del Servicio Beyond Sales al CLIENTE y, sin ser limitativo, la inhabilitación de la licencia de uso, usuario de acceso, clave y de todo el contenido incluido en el mismo. Cualquier suma o cantidad debida será inmediatamente vencida, líquida y exigible. BEYOND no facilitará al CLIENTE la migración a otra plataforma o aplicación de terceros ni realizará ninguna actividad de integración o coordinación con la herramienta del nuevo proveedor designado por el CLIENTE. A tal fin, BEYOND facilitará al CLIENTE la información alojada en el Servicio en el formato estándar en la que la misma esté disponible en el momento de la resolución. Conforme a lo anterior, será responsabilidad del CLIENTE descargar todos los archivos con la información recopilada durante la prestación del Servicio de Beyond Sales.

6. Uso del Servicio.

6.1. EL CLIENTE concierta con BEYOND los Servicios en concepto de destinatario final, quedando expresamente excluida su utilización para la explotación, prestación a otras personas o entidades y/o reventa de dichos servicios.

6.2. Para el adecuado uso de los Servicios concertados, el equipo terminal del CLIENTE deberá hallarse debidamente aprobado u homologado conforme a la normativa vigente, siendo de la exclusiva responsabilidad del CLIENTE los daños y perjuicios que puedan producirse como consecuencia del empleo de equipos terminales que no se adecuen a las especificaciones técnicas indicadas.

6.3. EL CLIENTE se obliga a usar los servicios y asegurarse de que los usuarios del mismo lo hacen con absoluto respeto a la legalidad vigente, a las condiciones del presente Contrato y a los derechos de terceros, quedando expresamente prohibida su utilización con fines ilegales o no autorizados.

EL CLIENTE será el único y exclusivo responsable de los daños que puedan llegar a ocasionarse como consecuencia de la inobservancia de las exigencias contenidas en el párrafo anterior; en tal caso, BEYOND quedará facultada para proceder a la suspensión cautelar inmediata y/o interrupción definitiva de la prestación de servicios concertados y a retirar, en su caso, los contenidos ilegales introducidos en el Servicio por parte del CLIENTE, sin que de ello se derive derecho a indemnización o compensación alguna a favor del CLIENTE.

Del mismo modo, cualquier actuación del CLIENTE que afecte o comprometa el buen funcionamiento de los Servicios prestados por BEYOND, o bien que cause o pueda causar perjuicios a otros usuarios de dichos Servicios, facultará a BEYOND para proceder a la suspensión cautelar inmediata y, en su caso, interrupción definitiva de la prestación de los Servicios concertados, sin que de ello se derive derecho a indemnización o compensación alguna a favor del CLIENTE.

El CLIENTE será plenamente responsable frente a BEYOND y frente a los terceros perjudicados de los daños ocasionados por el uso incorrecto de los servicios concertados.

7. Modificación del Servicio.

7.1. Las características específicas de los Servicios concertados por EL CLIENTE podrán ser modificadas por BEYOND con la exclusiva finalidad de adaptarlas a nuevas exigencias normativas y/o mejoras derivadas de la evolución tecnológica, previa información con carácter general a través de la página web de BEYOND www.beyondsales.es

7.2. Si bien BEYOND hará todo lo razonablemente posible para que las modificaciones de Servicios no afecten a su base instalada de clientes, cualquier otra modificación contractual que pudiera afectarle será notificada personalmente a EL CLIENTE, a través de los medios de comunicación acordados entre las partes, con una antelación mínima de un mes a su entrada en vigor. EL CLIENTE podrá resolver anticipadamente el contrato, sin penalización alguna, en el supuesto de no aceptación de las nuevas condiciones contractuales anunciadas, debiendo comunicarlo a BEYOND, dentro del plazo de 14 días desde la recepción de la notificación de modificación contractual, a través de su Servicio de Atención al Cliente. Transcurrido dicho plazo sin manifestar su voluntad contraria se entenderá que EL CLIENTE acepta las nuevas condiciones contractuales notificadas por BEYOND.

8. Servicio de Atención al Cliente.

8.1. El CLIENTE podrá efectuar sus comunicaciones dirigidas a BEYOND, así como dirigir las reclamaciones, quejas o apertura de incidencias con respecto a la prestación del servicio que tenga por convenientes, al Departamento de Atención al Cliente de BEYOND, en el número de teléfono 955 11 44 22 o a través de la dirección de correo electrónico asistencia@bebeyond.es

El horario de atención telefónica para la apertura de incidencias o comunicación de averías y formulación de quejas y/o reclamaciones, será de 08:30 a 18:00 horas de lunes a jueves, y los viernes de 08:30 a 15:00 horas (excluidos festivos nacionales), con las salvedades que, en su caso, se establezcan en las Condiciones Particulares de Contratación correspondientes a los Servicios contratado.

8.2. EL CLIENTE deberá formular sus quejas o reclamaciones dentro del plazo de un mes desde el momento en que tenga conocimiento del hecho que las motiva, siendo informado por el Departamento de Atención al Cliente de BEYOND del número de referencia que se haya dado a su queja o reclamación.

Formulada la queja o reclamación, si EL CLIENTE no hubiese obtenido respuesta satisfactoria de BEYOND en el plazo de un mes, podrá acudir a las instancias que considere oportunas.

9. Calidad y Objetivo de Nivel del Servicio (SLO).

9.1 El CLIENTE deberá comunicar a BEYOND cualquier incidencia que surja en el Servicio mediante su Servicio de Atención al Cliente en el horario y forma prevista en la cláusula anterior. Una vez recibida la incidencia, BEYOND, antes de que transcurran 48 horas desde la misma, contactará con el CLIENTE para analizar y realizar un diagnóstico de la misma.

El Tiempo de resolución de incidencias es el tiempo que media desde que una incidencia es abierta, ya sea porque el CLIENTE ha contactado con BEYOND o desde el momento en que ésta sea detectada internamente por ésta, hasta que la misma ha sido resuelta y el servicio restablecido. La apertura de una incidencia implica la asignación de una severidad a la misma. La severidad define cómo se encuentra afectado el Servicio que BEYOND ofrece al CLIENTE. BEYOND consciente de que la calidad del servicio es un factor esencial, aplica diferentes tiempos de resolución en función de la severidad asignada a la incidencia y trabaja con el objetivo de que las mismas sean resultas en el menor tiempo posible. No obstante, y, a título informativo, BEYOND le comunica los tiempos medios de resolución de incidencias con los que opera, a fecha de firma del presente documento, suelen ser de 2 a 72 horas.

No obstante, la política interna de BEYOND es que dichas incidencias serán resueltas por ésta en el 95% de los casos y para la mayor parte de sus clientes en los tiempos indicados anteriormente, dependiendo de la severidad de la misma. BEYOND hará todo lo que esté razonablemente a su alcance para asegurar la resolución de una incidencia de conformidad con lo establecido en el presente documento. No obstante, salvo en el caso de incidencias de Nivel de Severidad 1, el CLIENTE no tendrá derecho a indemnización alguna por incumplimiento de los plazos de resolución anteriores

Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores y, atendiendo al nivel de severidad de la incidencia de acuerdo con los niveles descritos a continuación, BEYOND aplicará un SLA sólo en el supuesto de Nivel 1 de Severidad.

  • Nivel de Severidad 1: Cuando el CLIENTE ha sufrido una indisponibilidad en el servicio y está totalmente inoperativo o sufre cortes continuos que le impiden trabajar normalmente durante 24 horas.

  • Nivel de Severidad 2: Cuando el CLIENTE está sufriendo cortes esporádicos del Servicio.

  • Nivel de Severidad 3: Cuando el CLIENTE está funcionando con normalidad, pero existe algún problema o simplemente el CLIENTE solicita algún tipo de información.

Atendiendo a lo anterior, en caso de una circunstancia no planificada de una escalada significativa, un impacto considerable o un período prolongado de tiempo que tiene como resultado la indisponibilidad del servicio de BEYOND, los tiempos de recuperación serán los siguientes:

Nivel de Severidad 1

Tiempo Objetivo de Recuperación (RTO)

16 horas

Punto Objetivo de Recuperación (RPO)

12 horas

9.2 De acuerdo con lo anterior y, siempre que los niveles de servicio para incidencias de Severidad 1 no sean cumplidos, BEYOND deberá compensar a CLIENTE conforme a lo indicado a continuación. En caso de superar el plazo señalado en el apartado “Gestión de incidencias”, BEYOND descontará de la factura mensual el importe proporcional a la indisponibilidad de dichas horas aplicando para ello la siguiente fórmula:

precio x 24 h/día de servicio

Indisponibilidad =__________________________________________

Tiempo que exceda del Objetivo de Recuperación (RTO)

10. Suspensión Temporal e Interrupción Definitiva del Servicio.

10.1 Si el CLIENTE, recibido el pertinente documento de cargo, se retrasase en el pago total o parcial de los Servicios facturados, BEYOND podrá proceder conforme a lo establecido en la cláusula cuarta de este documento, a la suspensión temporal en la prestación del Servicio impagado.

Dicha suspensión temporal, que no exime al CLIENTE de continuar con el pago de las cuotas periódicas fijas correspondientes, subsistirá hasta tanto EL CLIENTE regularice sus pagos o, en su caso, se proceda por parte de BEYOND a la interrupción definitiva en la prestación de los Servicios de conformidad con lo dispuesto en el apartado siguiente.

10.2 Si el CLIENTE, recibido el pertinente documento de cargo, se retrasase en más de tres meses en el pago total o parcial de los servicios facturados, BEYOND podrá proceder, siempre previo aviso al CLIENTE con 5 días hábiles de antelación a la fecha en la que tendrá lugar la misma, a la resolución del contrato e interrupción definitiva en la prestación del Servicio impagado. De igual modo podrá procederse cuando, como consecuencia de los retrasos en el pago por parte del CLIENTE, BEYOND hubiese suspendido temporalmente la prestación de los Servicios en dos o más ocasiones.

10.3. Asimismo, BEYOND podrá suspender el servicio como consecuencia de incumplimientos del CLIENTE que se establezcan en el presente Contrato.

11. Extinción y Resolución.

11.1. El presente contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratos, así como por las causas expresamente contempladas en las cláusulas anteriores.

11.2. Cualquiera de las partes tendrá derecho a resolver a su voluntad el contrato, debiendo comunicarlo previamente a BEYOND con una antelación mínima de 15 días naturales a la fecha en que dicha resolución deba producir efectos, en los siguientes supuestos: (a) La otra parte incumple cualquier término del Contrato sin que haya sido capaz de subsanarlo en el plazo máximo de los treinta días siguientes a la notificación de incumplimiento de la parte que da por finalizado el Contrato (b) Si cualquier circunstancia de fuerza mayor sobrevenida (impredecible, imprevisible e inevitable) impidiera el cumplimiento de las obligaciones dimanantes del presente Contrato (c) Cualquier autoridad pública o reguladora con jurisdicción o competencia sobre las partes declarase que la prestación del Servicio es contraria a la Ley.

11.3. EL CLIENTE deberá notificar a BEYOND la resolución del Contrato mediante escrito firmado acompañado de fotocopia de su D.N.I. dirigido al Departamento de Atención al Cliente de BEYOND, sito Edificio Hermes II, C/ Comercio, 51. Parque Industrial Pisa, Mairena del Aljarafe (Sevilla), C.P. 41927 o mediante el envío de dicha comunicación a la dirección de correo electrónico asistencia @bebeyond.es

11.4. Extinguido o resuelto el contrato en los términos expresados anteriormente, BEYOND emitirá, en su caso, factura por los Servicios concertados pendientes de abono en proporción al período de tiempo de prestación efectiva de los mismos, atendida la fecha de efectividad de la baja, de conformidad con lo previsto en las cláusulas cuarta y quinta.

12. Limitación de Responsabilidad

12.1 Ninguna de las partes excluye ni limita su responsabilidad por muerte o lesiones corporales que resulten de su conducta dolosa o negligente.

12.2 Exceptuando casos de actuación dolosa, con mala fe o gravemente negligente, la responsabilidad total de cada una de las partes, contractual, extracontractual o de cualquier otro tipo está limitada a un máximo de (i) el precio percibido por BEYOND por los servicios prestados en virtud de este Contrato, si el tiempo de prestación del mismo no excede de un año de duración, o (ii) el precio que BEYOND percibió durante el último año de prestación de los servicios, si el tiempo excediera de un año de duración; por cualquier tipo de pérdida, daño o perjuicio ocasionado.

12.3 Salvo en los casos de actuación dolosa, con mala fe o gravemente negligente, la responsabilidad de cada una de las partes, contractual, extracontractual o de cualquier otro tipo está excluida completamente por cualesquiera daños, pérdida de negocio, ingresos o beneficios, daño emergente, lucro cesante, deterioro o destrucción de información del Cliente o de BEYOND, o cualquier otro tipo de pérdida, que no sea consecuencia directa del incumplimiento de BEYOND o del Cliente

12.4 Cada cláusula de esta condición duodécima opera con total independencia de las demás, y tiene plena validez por separado.

13. Subcontratación y Cesión.

13.1. Ninguna de las partes podrá ceder este contrato a un tercero sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte. No obstante, EL CLIENTE autoriza expresamente a BEYOND a ceder, en todo o en parte, el presente contrato a cualquier entidad notificándolo con 30 días de antelación a la fecha en la que dicha cesión vaya a producirse.

13.2. BEYOND podrá subcontratar a terceros a empresas de su Grupo para cumplir lo acordado en el presente Contrato. Dicha subcontratación no eximirá a BEYOND de sus obligaciones frente al CLIENTE de conformidad con lo establecido en el presente Contrato.

14. Propiedad Intelectual e Industrial.

14.1. En virtud del presente contrato y, salvo lo indicado en la cláusula tercera respecto de la licencia del Software Beyond Sales, el CLIENTE no adquiere ni la titularidad ni ningún otro derecho que le permita la utilización, transformación, explotación, reproducción, distribución, comunicación pública o difusión del software, contenidos, manuales operativos y/o documentación asociada sujetas a derechos de propiedad intelectual o industrial de BEYOND o de terceros a los que haya tenido acceso a través de los Servicios concertados con BEYOND.

14.2. En aquellos supuestos en los que BEYOND suministre al CLIENTE software o cualquier otro elemento o contenido sujeto a derechos de propiedad intelectual o industrial propios o de tercero, conjuntamente hará entrega al CLIENTE de una licencia no transferible que le habilitará, exclusivamente, para su utilización en conexión con el Servicio concertado.

14.3. EL CLIENTE será el único y exclusivo responsable de la obtención de cuantas licencias y/o autorizaciones requieran los titulares de los derechos de propiedad intelectual o industrial en relación con la lícita utilización, transformación, explotación, reproducción, distribución, comunicación pública o difusión del software o contenidos sujetos a tales derechos accesibles a través de los Servicios concertados con BEYOND, así como de cuantas consecuencias, reclamaciones, daños y perjuicios pudieran derivarse de la infracción por parte de EL CLIENTE de los derechos de propiedad intelectual o industrial titulados por BEYOND o por terceros.

15. Encargo de Tratamiento de Datos.

Las partes se comprometen a cumplir cuantas obligaciones les sean exigibles en materia protección de datos personales. De conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), las partes acuerdan que el objeto del presente Contrato requiere del acceso y tratamiento por BEYOND a datos de carácter personal de los que es titular el CLIENTE. Siendo esto así, y en cumplimiento del RGPD, las partes suscriben en la presente cláusula el siguiente “Acuerdo de Tratamiento de Datos”.

15.1. Objeto del encargo del tratamiento

Mediante las presentes cláusulas se habilita a BEYOND, encargado del tratamiento, para tratar por cuenta del CLIENTE, responsable del tratamiento, los datos de carácter personal de los Clientes finales del CLIENTE que sean necesarios para la prestación de servicios objeto del presente Contrato.

Categorías de datos que tratará Beyond

Actividades de tratamiento que realizará el Beyond

Finalidad del tratamiento

Colectivos cuyos datos tratará Beyond

Medidas de seguridad que deberá aplicar Beyond

  • Societarios

  • Identificativos

  • Direcciones postales, electrónicas y contraseñas

  • Facturación

  • Servicios Contratados

  • No se tratarán categorías especiales de datos

  • Recogida, registro y alojamiento en sistemas de Beyond a efectos de prestar los servicios contratados

  • Estructuración

  • Conservación

  • Consultas

  • Transmisión por comunicación

  • Supresión

Prestación del Servicio Beyond Sales

  • Clientes

  • Empleados

  • Usuarios

  • Agentes

  • Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.

  • Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.

  • Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas.

  • Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.

15.2. Duración

El encargo de tratamiento regulado en esta cláusula tiene la misma duración que el presente Contrato, extinguiéndose con el mismo. Una vez finalice el mismo, BEYOND deberá destruir los datos, una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, el encargado debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al responsable del tratamiento. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente boqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.

15.3. Obligaciones del encargado del tratamiento

BEYOND y, en su caso, su personal encargado del tratamiento se obliga a:

a. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto del Contrato. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.

b. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del CLIENTE. Si BEYOND considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, BEYOND deberá informar al CLIENTE de tal circunstancia.

c. Llevar, por escrito y si estuviese obligado a ello conforme a lo establecido legalmente, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del CLIENTE.

d. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del CLIENTE, en los supuestos legalmente admisibles.

BEYOND puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del CLIENTE, de acuerdo con las instrucciones de ésta. En este caso, el CLIENTE identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.

Si BEYOND debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho, de la Unión o de los Estados miembros, que le sea aplicable, informará al CLIENTE de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.

e. Se autoriza al encargado a subcontratar con terceras entidades las prestaciones que comporten los tratamientos que impliquen alojamiento de servicios tanto en servidores físicos como en la nube, servicios prestados por terceras entidades con las que Beyond tiene acuerdos comerciales suscritos y servicios de asesoría fiscal; informando que dichas entidades son las siguientes Amazon Web Services, Inc (arquitectura de sistemas), Auth0 (autenticación y registro), Google LLC (mapas y derivados) y Meta (integración con RRSS), y consintiendo el CLIENTE dicha subcontratación de forma expresa.

Si fuera necesario subcontratar algún otro tratamiento, será comunicado previamente y por escrito al responsable, con una antelación de 15 días máximos. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el responsable no manifiesta su oposición en el plazo establecido.

El subcontratista, que también tiene la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado inicial regular la nueva relación, de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones y con los mismos requisitos formales que se incluyen en la presente cláusula.

Dichos encargos de tratamientos pueden requerir transferencias internacionales de datos, realizándose las mismas siempre a países de la Unión Europea que cuenten con un nivel adecuado de protección de conformidad con la normativa vigente y decisión de adecuación.

f. Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.

g. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.

h. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.

i. Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante BEYOND éste debe comunicarlo al CLIENTE al objeto de que esta proceda, en su caso, a llevar a cabo las acciones que le requiere la normativa vigente.

j. BEYOND notificará al CLIENTE, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 48 horas las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.

k. Dar apoyo de manera razonable al CLIENTE en aquellas actividades que sea necesario para que esta cumpla con sus obligaciones legales y en las que requiera necesariamente de la ayuda de BEYOND.

l. Implantar las medidas de seguridad acordadas entre las partes y recogidas en la cláusula primera este acuerdo.

m. Poner disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.

15. 4. Obligaciones del responsable del tratamiento

Corresponde al CLIENTE, las siguientes obligaciones:

a. Entregar a BEYOND los datos a los que se refiere el apartado primero de esta cláusula.

b. Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales, si estuviese obligado a ello, de las operaciones de tratamiento a realizar por BEYOND.

c. Realizar, en su caso, las consultas previas que corresponda a la Autoridad de Control correspondiente.

d. Supervisar el tratamiento, incluida las actividades que correspondan.

e. Facilitar el derecho de información en el momento de la recogida de los datos a los clientes y solicitar el consentimiento de los mismos.

f. Atender las solicitudes de las personas afectadas, de acuerdo con este documento, que ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, en la forma y plazos establecidos legalmente.

g. Notificar las brechas de seguridad a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y los afectados, en los plazos y condiciones legalmente establecidos.

16. Cláusula Informativa del Tratamiento de datos del CLIENTE por parte de BEYOND.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europea y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD):

Información básica sobre protección de datos

Clientes y contactos comerciales

Responsable

Beyond People, S.L. (en adelante, BEYOND o Responsable del tratamiento)

Finalidad

Gestión de la relación comercial y/o contractual para la prestación de servicios. Realización de encuestas o estadísticas. Envío de comunicacio­nes comerciales por diferentes medios, incluidos medios electrónicos.

Legitimación

Ejecución de un contrato aceptado y firmado por interesado o su representante legal y consentimiento del interesado, e interés legítimo.

Destinatarios

Comunicación de datos a terceros necesarios para la prestación de servicios, en su caso y obligación legal.

Derechos

Acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, así como otros derechos explicados en la Información Adicional.

Información adicional

Puede consultar la información adicional sobre Protección de Datos en nuestra Política de Privacidad en www.beyondsales.es/politica-privacidad

17. Condiciones Generales.

A los efectos de lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, de Condiciones Generales de Contratación, el CLIENTE manifiesta conocer las presentes Condiciones Generales y aceptar expresamente su incorporación al contrato suscrito con BEYOND, haciendo constar su conformidad con la redacción de las mismas, considerando que se ajustan a los criterios de transparencia, claridad, concreción y sencillez.

18. Legislación aplicable y fuero.

La relación contractual de prestación de Servicios concertada entre el CLIENTE y BEYOND se regirá por la legislación española aplicable. Es voluntad de las partes, someter cualquier controversia que pudiera surgir de la interpretación del mismo a los Juzgados y Tribunales de Sevilla capital.